sábado, 29 de noviembre de 2014

la herencia

Testamento (Derecho romano)

En esta pintura se representa el momento de apertura de un testamento moderno, situación que también se producía en elderecho romano con la apertura de las tablillas enceradas que recogían la voluntaddel fallecido.
En derecho romano, el testamento (en latín testamentum) es un acto jurídico solemne por el que una persona con capacidad para ello hace constar su voluntad dispositiva acerca de su propio patrimonio para después de su fallecimiento. Por este acto se permite a una persona sui iuris, en la que no concurra ninguna incapacidad que lo impida, otorgar una ley a su propio patrimonio, pero es ésta un tanto peculiar al no entrar en vigor hasta el momento de la muerte de la persona y por poder ser revocada con total independencia por un nuevo testamento hasta que se sobrevenga el fatídico desenlace. La doctrina romanista del momento considera que es una de las invenciones más importantes del genio jurídico romano.y los demas
La persona que testa designa ante todo uno o varios herederos, bien directamente o bien como sustitutos de los instituidos en primer lugar. Pero el testador también está capacitado para hacer otra clase de disposiciones, como son los legados ofideicomisos, las concesiones de libertad a esclavos (no eran propiamente manumisiones), la asignación del patronato, los nombramientos de tutores o la ordenación de sepultura. wikipedia
En Derecho, se denomina herencia al acto jurídico mediante el cual una persona que fallece transmite sus bienesderechos y obligaciones a otra u otras personas, que se denominan herederos. Así, se entiende por heredero la persona física o jurídica que tiene derecho a una parte de los bienes de una herencia. El régimen jurídico que regula las herencias es el Derecho de sucesiones.
Por extensión, también se denomina herencia, al conjunto de bienes, derechos y obligaciones que forman el patrimonio de una persona a su fallecimiento. Este conjunto de bienes y derechos en ocasiones recibe el nombre de caudal hereditario (caudal relictio). El caudal hereditario lo forma así el patrimonio del causante en el momento de la muerte, eliminando aquellos bienes, derechos y obligaciones que se extinguen por el hecho de la muerte (derechos y obligaciones vitalicios y los personalísimos). Este caudal se relaciona en el inventario de bienes con su correspondiente pasivo.wikipedia

Legado romano

Denario con el retrato de un legatus del siglo I d.C.
Un legado (en latín legatus) era un general en el Ejército romano, equivalente a un moderno oficial general. Siendo de rango senatorial, su superior inmediato era el dux, y tenía mayor rango que todos los tribunos militares. Para mandar un ejército independiente del dux o gobernador provincial, los legados tenían que tener rango pretoriano o superior; un legado podía ser investido con imperium propretoriano(legatus propraetore) por derecho propio. Los legados recibían una parte grande del botín del ejército al final de una campaña, lo que hacía de ésta una posición lucrativa, así que a menudo podía atraer incluso a cónsules distinguidos (por ejemplo, el cónsul Lucio Julio César se ofreció voluntario a finales de la Guerra de las Galias como legado bajo el mando de su pariente Cayo Julio César).
Los hombres que desempeñaban el cargo de legado se escogían entre la clase senatorial de Roma. Había dos posiciones principales; ellegatus legionis era un ex-pretor al que se da el mando de una de las legiones de élite romanas,1 mientras que el legado propretor era un ex-cónsul, a quien se daba el gobierno de una provincia romana con los poderes magistrales de un pretor, que en algunos casos le daba el mando de cuatro o más legiones. En algunas provincias, como la Bética y Lusitania en tiempos de Adriano, se daba al presidente el nombre de legado consular.
Este rango era también de un comandante legionario general. Este puesto generalmente era atribuido por el emperador. La persona elegida para este cargo era un anteriortribuno y mandaba durante 3 o 4 años, aunque podía servir durante un período aún mayor. En una provincia con sólo una legión, el legado era también el gobernador provincial, pero en provincias con varias legiones, cada legión tenía un legado y el gobernador provincial (que estaba separado de las legiones) tenía mando general sobre todas ellas.
También recibieron el nombre de legados cada uno de los socios que los procónsules llevaban en su compañía a las provincias como una especie de asesores o consejeros los cuales en caso de necesidad los sustituían.wikipedia